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14
Abr
2021

El plazo para pedir las ayudas para el mantenimiento del empleo en las empresas afectadas por ERTE se amplía al 5 de mayo

| Provincia | 10:35 am

La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha ampliado hasta el próximo 5 de mayo el plazo para que las empresas andaluzas afectadas por un ERTE presentado a partir de la declaración el estado de alarma soliciten las ayudas para el mantenimiento del empleo.

El delegado territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Antonio Augustín, ha informado que “ayer martes 13 de abril, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía un número extraordinario que recoge modificaciones al Decreto Ley de 23 de marzo de medidas con carácter urgente y extraordinario como consecuencia de la situación ocasionada por el Covid-19 que se recoge la ampliación del plazo de presentación, que estaba previsto que finalizase el 21 de abril, y que amplía además el número de actividades que podrán acogerse a estas ayudas, con 39 CNAE (Código Nacional de Actividades Económicas) nuevos que se incorporan a los 164 que ya estaban recogidos anteriormente”

Entre las nuevas actividades que se han incorporado, se encuentran distintas ramas relacionadas con la artesanía y la fabricación de materiales diversos, como carpintería, azulejos, cerámica, mobiliario, o forja joyería; las instalaciones eléctricas; instalaciones vinculadas al sector de la construcción; reparación y venta de vehículos de motor y motocicletas; actividades comerciales que no se habían incluido en el decreto; edición de libros y de videojuegos; alquiler de maquinaria; educación preprimaria; medicina especializada; odontología y lavado y limpieza de prensas textiles, entre otros.

Antonio Augustín ha recordado que “esta línea de apoyo a empresas afectadas por ERTE, con 270,5 millones de inversión pública ya ha sido solicitada por 814 empresas onubenses y 16.855 empresas andaluzas, a la que se irán sumando las empresas de las 39 actividades económicas que ha ampliado la Consejería a fin de que estas ayudas lleguen al mayor número de empresas y agotar este presupuesto”.

“Conviene recordar que en Huelva, las empresas que han tenido ERTE de fuerza mayor o por causas ETOP son más de 4.600 y los trabajadores afectados por esta situación superan los 18.000. Tras la incorporación paulatina de trabajadores a las empresas y retomar la actividad laboral, la supervisión de expedientes y la depuración de los datos, a finales de marzo, nuestra provincia contaba con casi 1.200 empresas en situación de ERTE en los que se incluyen 3.142 trabajadores”, comenta el delegado de Empleo.

Evitar despidos

El objetivo de esta ayuda es colaborar a mantener los proyectos empresariales y la renta del mayor número de personas, y evitar que los ERTE, con duración hasta el 31 de mayo, se conviertan en ERE y en posibles despidos, así como incentivar que los trabajadores se mantengan de alta y no pierdan un 30% de su salario al estar incluidos en expedientes de regulación temporal.

La solicitud se puede presentar solo de forma telemática y únicamente a través de la Ventanilla Electrónica de Administración, accesible a través de la web del SAE y del Catálogo de Procedimientos y Servicios en el Portal de la Junta de Andalucía, e incluye entre otros aspectos una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, y la cuenta bancaria donde se realizará el cien por cien del ingreso tras recibir la resolución favorable, que deberá estar dada de alta en el Sistema GIRO de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea.

El SAE ha incluido en su página web una guía especial para explicar cómo tramitar la ayuda (https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/sae/areas/servicios-empresas/ayudas-contratacion/paginas/ayudas-sae-covid.html ) que incluye tanto los enlaces para acceder a la ventanilla electrónica, incluso un simulador ( https://ws148.juntadeandalucia.es/simuladormte/ ) para calcular aspectos como el Factor de Actividad y la cuantía de las ayudas.

No se requiere que, junto a la solicitud, se presente documentación adicional, de manera que esta tramitación simple y telemática permitirá gestionar las ayudas de forma automatizada.

505 euros por mes y trabajador

La subvención aprobada está ligada a un indicador llamado Factor de Actividad, y en la práctica supondrá una cuantía de 505 euros al mes por empleo subvencionado durante un máximo de cuatro meses. El tope máximo de la ayuda alcanza los 30.300 euros.

El Factor de Actividad será calculado de oficio por el SAE y representa el número de trabajadores en alta a jornada completa más la parte proporcional de jornada de los trabajadores a tiempo parcial. Si el factor de actividad es menor o igual a 5 trabajadores en alta, la ayuda resultante que recibirá la empresa corresponde a multiplicar el 65% de este índice por 2.020 euros. Si el factor de actividad es mayor de 5 trabajadores en alta y hasta 20, que es el tope máximo para recibir la ayuda, se multiplica el 75% de este índice por 2.020 euros.

Las beneficiarias deberán mantener el cien por cien del nivel de empleo subvencionado (65% o 75% del factor de actividad), al menos cuatro meses, desde que se computó el cálculo del factor de actividad inicial, y la ayuda será compatible con otras de cualquier administración para la misma finalidad siempre que no supere el coste total de la actividad subvencionada.

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