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3
Jun
2016

Trabajadores públicos recuperarán la jornada de 35 horas y la paga de 2012 abonada en tres plazos

| Provincia | 9:29 am

La Junta de Andalucía recuperará desde el 1 de enero de 2017 la jornada laboral de 35 horas semanales para todos los sectores de la administración autonómica que la venían disfrutando en el momento en que se elevó a 37,5 horas y abonará el 75 por ciento pendiente de la paga extra de 2012 en tres plazos que se harán efectivos el próximo mes de septiembre, en febrero de 2017 y en febrero de 2018.

Así lo recoge el acuerdo que fija el calendario de restitución de derechos de los empleados públicos andaluces firmado este jueves en el Palacio de San Telmo por la consejera de Hacienda y Administración Pública, María Jesús Montero, y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, que integran la Mesa General de Negociación Común de la Administración autonómica, en un acto presidido por la presidenta de la Junta, Susana Díaz.

Junto a la recuperación de las 35 horas semanales y el calendario de pago del 75 por ciento pendiente de la paga extra de 2012, el acuerdo también recoge la recuperación de días adicionales de vacaciones –dos ya este año 2016 y otros dos a partir de 2017–, la vuelta paulatina a las 18 horas lectivas semanales en educación –19 a partir de septiembre de 2017 y 18 desde septiembre de 2018– o la recuperación de las ayudas de acción social en 2019.

De este modo, se da cumplimiento al compromiso adquirido el pasado mes de julio con el acuerdo para la defensa y mejora del empleo público en la administración andaluza, que preveía el establecimiento de un calendario para la progresiva recuperación de derechos a lo largo de la legislatura.

La implantación de la jornada de 35 horas da respuesta a una reivindicación de los empleados públicos que permitirá avanzar en sus necesidades de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y asimismo contribuirá a “la creación de empleo” para garantizar que el funcionamiento de los servicios públicos no se vean afectados por la reducción del horario de los profesionales, según ha señalado la presidenta de la Junta, así como los representantes sindicales.

Una vez abonados en febrero los primeros 44 días correspondientes a la paga extra de diciembre de 2012, el acuerdo suscrito este jueves recoge la recuperación este mismo año de otros 48 días que serán percibidos en la nómina de octubre, mientras que las cantidades restantes hasta completar su total devolución serán efectivas en las nóminas de febrero de 2017 (46 días) y 2018 (45 días).

También desde este mismo año, se recuperan los días adicionales de vacaciones en función del tiempo de servicios prestados, de modo que a partir de los 15 años de antigüedad serán 23 días hábiles de vacaciones anuales, que se incrementarán en un día más a los 20, 25 y 30 años de trabajo, respectivamente. En 2016, el personal con derecho a estos días podrá disfrutar de dos días adicionales como máximo y, en 2017, se ampliarán hasta cuatro días.

El acuerdo también prevé la restitución de la totalidad de las retribuciones económicas de los empleados públicos. A partir de 2018 se iniciará la recuperación del diez por ciento de las retribuciones variables de la nómina asociadas a la consecución de objetivos, incentivos al rendimiento, complementos de productividad, atención continuada o de carrera profesional, entre otros. La restitución se realizará en dos tramos, a razón de un cinco por ciento en el ejercicio de 2018 y el otro cinco por ciento en 2019, en que la nómina quedará completada en todas las retribuciones.

Finalmente, completando el calendario de restablecimiento de derechos, los empleados públicos de la Junta también recuperarán en 2019 las ayudas de acción social que quedaron suspendidas en 2012.

La Junta, además del calendario fijado, el acuerdo suscrito renueva el compromiso de mantener la negociación para continuar avanzando en la mejora de las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Junta. En este sentido, contempla la revisión del catálogo de enfermedades que son causa del abono del cien por cien del complemento de incapacidad temporal y de la totalidad de retribuciones en los días de ausencia que provoquen.

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