La norma, incluida en el plan de modernización de la Justicia acomete reformas destinadas a simplificar los procesos y acortar los tiempos de respuesta de los tribunales, mediante la eliminación de trámites innecesarios.
Entre otras, modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil al permitir que, una vez se presente la demanda por impago, el secretario judicial de diez días al inquilino para que abone la cantidad adeudada, abandone la vivienda o presente las alegaciones correspondientes. Si transcurrido dicho periodo el demandado no ha realizado ninguna de las opciones, el secretario judicial procederá directamente a dar fecha para el lanzamiento, día en el que se hace efectivo el desalojo del inmueble.
Hasta ahora, tras la demanda por impago el Juzgado señalaba la fecha del juicio, en la que se reconocía al propietario el derecho a recuperar su vivienda, así como la fecha del lanzamiento, lo que alargaba los plazos meses. Con la reforma actual, el derecho a recuperar la vivienda puede ser reconocido en un plazo de diez días.