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NOTICIAS
18
Sep
2013
Los cambios de uso del suelo de Doñana han motivado 30 sentencias condenatorias desde el POTAD en los últimos 7 años, lo que unido a otros factores ha determinado una menor proliferación de estas conductas. La Fiscalía de Medio Ambiente destaca, de hecho, en su memoria anual el descenso del número de sentencias en un 23%.

Los cambios de uso del suelo en Doñana motivan 30 sentencias condenatorias en 7 años desde el POTAD

| Provincia | 10:51 am

Los cambios de uso de forestal a agrícola en zonas afectadas por el Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana (POTAD) han motivado treinta sentencias condenatorias desde 2005, primer año en vigor, lo que unido a otros factores ha determinado una menor proliferación de estas conductas.

Así se recoge en la Memoria de la Fiscalía de Medio Ambiente de Huelva del 2012, a la que ha tenido acceso Efe, donde se recuerda que el POTAD prohíbe expresamente estas actuaciones, pues ocasionan ‘importantes daños tanto sobre la flora, como sobre otros elementos públicos que configuran el hábitat natural del lugar y que pueden incluso perjudicar la supervivencia de especies emblemáticas de dicho espacio como el lince y el águila’.

El documento precisa que en el año 2012 desde esta Fiscalía se han formulado dos escritos de acusación, y celebrado dos juicios orales, obteniéndose una sentencia condenatoria y otra absolutoria.

Un dato que pone de manifiesto la línea descendente en este tipo de delitos, motivada, entre otros factores, por la persecución penal que se realiza de los mismos.

En este sentido, se destaca que desde el año 2005 se han dictado 33 sentencias sobre esta materia (treinta de ellas condenatorias).

La Fiscalía piensa, por la escasez de denuncias e informes de los cuerpos policiales, que el número de sentencias condenatorias ‘ha supuesto un importante efecto preventivo en la zona, donde se ha conseguido al menos acabar con la sensación de impunidad con que se venían realizando estas conductas por una minoría de agricultores’.

No obstante, se considera que lo que marcará en esta materia un claro punto de inflexión, es conseguir llevar a cabo la ejecución de las condenas pendientes y la restauración de las zonas afectadas.

En este punto, se resalta que en las sentencias condenatorias, la responsabilidad civil, de acuerdo con los técnicos, se concreta en la obligación de los condenados de aportar un plan técnico de restauración de la zona, de tal forma que con eliminación de las instalaciones agrícolas y en su caso las construcciones y las balsas, pueda reforestarse el lugar y recuperarse como zona forestal.

El juzgado les concede un plazo de tres o cuatro meses para presentar dichos planes y una vez presentados y tratándose de personas sin antecedentes, el fiscal informa favorablemente la suspensión de la pena de prisión, generalmente por plazo de tres añños y condicionada a la ejecución integra del plan.

En general, la Fiscalía de Medio Ambiente destaca en su memoria anual el descenso del número de sentencias efectuadas pasando de 68 en 2011 a 52 sentencias en 2012, lo que supone una bajada del 23%, de las que 41 han sido condenatorias y resalta el hecho de que ninguna persona ha entrado en prisión.

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