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La Oficina de Atención a temporeros e inmigrantes difunde las nuevas instrucciones del Gobierno para la población rumana

La población inmigrante empadronada de Almonte supone el 20% de la población total, alcanzando la cifra de 3707 personas, de las que el 75% son rumanos, seguidos por marroquís, polacos, ecuatorianos y colombianos, hasta un total de 62 nacionalidades destacando también las de EE UU, Filipinas, Austria, China, Nueva Zelanda, Australia, Panamá, Méjico y Uruguay.

Los profesionales de la Oficina Municipal de Atención al Inmigrante y a los Temporeros han facilitado al colectivo rumano de Almonte la información primordial de la nueva normativa que les afecta, a raíz del acuerdo del Consejo de Ministros en su sesión de 22 de julio de 2011para reactivar el periodo transitorio para Rumania, y por tanto establecer limitaciones en el acceso al mercado de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena rumanos. Esta limitación tiene vigencia desde la fecha de aprobación del mencionado Acuerdo y se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2012, momento en el cual el Gobierno evaluará la situación en el mercado de trabajo y acordará lo que proceda en relación con la continuación o la finalización del periodo transitorio.

Los nacionales de Rumania que entren en territorio español a partir del 22 de julio de 2011 y traten de ejercer España una actividad laboral por cuenta ajena por un tiempo igual o superior a un año, les será de aplicación los requisitos previstos en el artículo 64.3 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, salvo el relativo a que la situación nacional de empleo permita la contratación. Es decir tendrán que obtener la correspondiente autorización de trabajo anta la Oficina de Extranjería.

Los nacionales de Rumania que ya se encontraran en territorio español a dicha fecha de 22 de julio y no figuren como dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o inscritos como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo y traten de ejercer en España una actividad laboral por cuenta ajena tendrán igualmente que obtener la correspondiente autorización de trabajo ante la Oficina de Extranjería.

Los nacionales de Rumania que encontrándose en territorio español el 22 de julio de 2011, figuren como dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o inscritos como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo no se verán afectados por la reactivación del periodo transitorio.

Además de esta información primordial, posteriormente se han publicado otras instrucciones en relación a los familiares de los trabajadores nacionales de Rumania y a los nacionales rumanos familiares de ciudadanos comunitarios no rumanos. La información de las instrucciones y la forma de articular las correspondientes autorizaciones de los ciudadanos rumanos que no cumplieran los requisitos fueron objeto de comunicación en la charla de la pasada semana.