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La Junta de Andalucía abre al marisqueo la zona de producción del espacio marítimo de Doñana

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha autorizado el marisqueo de la coquina en el espacio marítimo de Doñana después de que los continuos análisis que realiza el Laboratorio de Control de Calidad de los Recursos Pesqueros de Cartaya hayan constatado la desaparición de la biotoxina DSP en este punto del litoral onubense y, en consecuencia, la ausencia de riesgos para la salud por el consumo de bivalvos procedentes de estas aguas. La apertura de esta zona de producción de bivalvos se suma así a la luz verde que recibieron los profesionales de esta actividad para faenar en Isla Canela, la Desembocadura del Piedras y Punta Umbría.

Al margen de estos cuatro enclaves de la costa de Huelva, en el resto del caladero permanece prohibida la extracción de coquina hasta que la permanente toma de muestras y los análisis posteriores tanto de los moluscos como del agua constaten que tampoco hay peligro alguno para la ciudadanía por la ingesta de coquinas procedentes de sus aguas. Hay que recordar, en este sentido, que el cierre de los caladeros se enmarca dentro del Programa de Control y Seguimiento de las Condiciones Sanitarias en las Zonas de Producción de moluscos bivalvos, gasterópodos y equinodermos del litoral andaluz, dirigido a la protección de la salud pública y a garantizar la calidad sanitaria de los productos pesqueros. Un plan que establece la adopción de medidas preventivas cuando se detectan valores superiores a los establecidos legalmente.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural hace hincapié, en esta línea, en que el marisqueo sin licencia está prohibido en cualquier momento y conlleva una sanción de carácter “grave”, calificación que, en el caso de que la actividad se desarrolle en una zona de producción cerrada por motivos sanitarios, se eleva a “muy grave”. Así, las sanciones por el incumplimiento de estas prohibiciones pueden oscilar entre los 301 y los 60.000 euros para las personas que capturen moluscos bivalvos sin autorización (sanciones graves) y entre los 60.001 y los 300.000 euros para quienes desarrollen esta actividad en un caladero cerrado por la presencia de toxinas (sanción muy grave).