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6
Nov
2017

La Fiscalía pide repetir el juicio por el doble crimen de Almonte con un nuevo jurado popular

| Almonte | 19:30 pm

La Fiscalía de Huelva ha solicitado, en el recurso de apelación presentado este lunes contra la sentencia absolutoria de F.J.M., el único acusado por el doble crimen de Almonte (Huelva), –en el que murieron un padre y su hija de ocho años de manera violenta en abril de 2013–, la repetición de este juicio con un nuevo jurado popular.

Según han informado la Fiscalía Superior de Andalucía en un comunicado, la Fiscalía onubense, que solicitaba 50 años de prisión por dos delitos de asesinato, ha presentado el recurso de apelación al apreciar omisión o falta de motivación en la resolución judicial, por lo que solicita la anulación de la sentencia y la celebración del juicio con un nuevo tribunal del jurado.

En el recurso, el Ministerio Público concluye que “se ha vulnerado el derecho a la tulela judicial efectiva de este Ministerio, en su vertiente de derecho a obtener una resolución motivada y con plenas garantías” en las pruebas de cargo presentadas por la Fiscalía y las acusaciones particulares, “de las que no se ha dado respuesta alguna en la sentencia y no responde al estándar exigible de motivación”.

El motivo alegado para este recurso se basa en la existencia de varias pruebas testificales y periciales incriminatorias, presentadas en el juicio, que, señalan desde la Fiscalía, “no han sido evaluadas en el veredicto ni en la sentencia”.

Entre las mismas, el Ministerio Fiscal subraya la coartada del único acusado por los hechos; el móvil del delito que, según los informes forenses, apuntaba al carácter pasional de los asesinatos; el informe pericial sobre el acceso a la vivienda que concluye que no fue forzada y el autor conocía su distribución; la prueba realizada con un perro entrenado por la Guardia Civil que señaló el vehículo del acusado utilizado ese día con resto de sangre humana; el proceso de investigación que concluyó con la detención del acusado y también la prueba de ADN del acusado encontrada en las toallas depositada de forma directa.

“Este copioso despliegue argumental –señala el recurso– no se traduce en modo alguno en una respuesta clara y motivada del jurado, que como se ha dicho pasa de puntillas por estas importantes pruebas de cargo”.

El juicio se celebró a lo largo de un mes, con sesiones de mañana y tarde, y en el mismo se aportaron como pruebas testificales las declaraciones de 43 ciudadanos particulares, 21 agentes de la Guardia Civil, pertenecientes a distintos cuerpos como la UCO, y como pruebas periciales intervinieron 25 organismos oficiales y ocho de partes, así como 22 tomos documentales que se presentaron ante la Sala. Al respecto, la Fiscalía sostiene en su escrito que el mismo se resolvió con veredicto de dos folios y medio y “dejando en el aire numerosas pruebas de cargo presentadas por este Ministerio”.

Cabe recordar que en su informe final, en la última sesión del juicio, el fiscal del caso, Pablo Mora, remarcó que la presunción de inocencia quedaba “desvirtuada ante el cúmulo de pruebas practicadas”, a la par que subrayó como “prueba objetiva y determinante” la presencia de ADN del acusado en tres toallas de la casa donde ocurrieron los hechos.

Ante esto, ensalzó “la solidez” del Instituto Nacional de Toxicología, cuyos peritos destacaron “la calidad y cantidad” del ADN, lo cual consideraban compatible con una transferencia directa de F.J.M., a las prendas.

El fiscal sostuvo en su informe que el acusado, tras los hechos, “se levó y secó″ en las toallas y explicó que otro de los aspectos a tener en cuenta es que Marianela Olmedo, madre y expareja de las víctimas y que mantenía una relación sentimental con F.J.M., cuando sucedieron los hechos, dijo en su declaración que lavó esas toallas antes de abandonar la vivienda y que lo hizo con detergente, lejía y agua a 40 grados, descartando que mezclara las toallas con otras prendas o ropa suya.

Así, Mora señaló que, como indicaron los peritos, el lavado y la lejía, más concretamente, degradan el ADN, lo que, a su parecer, corrobora que “la transferencia fue directa” y no secundaria.

Cabe recordar que el jurado popular de este doble crimen declaró no culpable a F.J.M, por ocho votos favorables y uno en contra, al considerar “no probado” que éste accediera a la vivienda, donde aparecieron los cadáveres, y por ende fuera el causante de la muerte de ambos.

En cuanto a la presencia de ADN de F.J.M., en tres toallas de los dos cuartos de baño de la citada vivienda, el jurado ratifica lo indicado en los informes del Instituto Nacional de Toxicología donde se acredita la aparición de estos restos, no obstante no consideró acreditado que el mismo utilizara estas toallas, “ante la falta de contundencia y unanimidad por parte de los peritos para concluir que los análisis realizados se debieron a una transferencia directa o indirecta y teniendo en cuenta las circunstancias especiales que rodean los hechos”.

Sobre el lavado de las mismas que detalló Marianela Olmedo en sala, el jurado precisó que, “teniendo en cuenta el estado de la mujer, ratificado por los informes psicológicos y psiquiátricos presentados, y manteniéndose este estado a lo largo de todas ellas”, no podían darle “veracidad al testimonio tan determinante prestado en la sala sobre el lavado de las toallas”. Por ello, estimó que “la existencia del ADN podría estar justificada de forma distinta que con la presencia del acusado en la escena del crimen”.

Por su parte, las dos acusaciones particulares del caso –los padres y abuelos paternos y el hermano y tío de las víctimas, y de la madre y expareja de los fallecidos–, que se han unido en una, también lo ha presentado.

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