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30
Ene
2015

La Diputación aprueba un Fondo Financiero de anticipos para ayuntamientos

| Provincia | 17:56 pm

La Diputación provincial ha aprobado esta mañana en pleno extraordinario un fondo financiero de anticipos reintegrables a ayuntamientos con dificultades para pagar las nóminas a los trabajadores.
La Diputación de Huelva destinará cinco millones de euros a un Fondo Financiero de Anticipos Reintegrables a Ayuntamientos de la provincia de Huelva, con el que desarrollar, mediante una ayuda monetaria única, la colaboración financiera con los municipios, con el fin de que puedan seguir prestando sus funciones con normalidad.
El fondo, al que podrán acogerse todos los ayuntamientos de la provincia que tengan delegada la recaudación con el Servicio Provincial de Gestión Tributaria, establece dos líneas de anticipos reintegrables para atender necesidades transitorias de tesorería, con un plazo máximo de reintegro de un año, y que deberá emplearse obligatoriamente en el abono de nóminas del personal.
Según ha explicado el portavoz del equipo de Gobierno, José Martín, la institución provincial va a poner en marcha este fondo de modo único y excepcional.

El crédito aprobado de cinco millones es ampliable hasta siete millones y medio de euros.
Desde Izquierda Unida aseguran que el objetivo es ayudar a las familias que llevan meses sin cobrar sus nóminas.

En estos momentos  son dos los ayuntamientos que tienen una situación grave  en la provincia de Huelva, son el caso de Ayamonte y Bollullos, aunque también hay otros ayuntamientos que tiene dificultades. Por su parte el portavoz de PP en la Diputación, Guillermo García de Longoria, celebraba que estos trabajadores de Ayamonte y Bollullos vayan a cobrar sus nóminas.

El Fondo Financiero de Anticipos Reintegrables estará destinado a aquellos ayuntamientos de la provincia de Huelva con población inferior a 50.000 habitantes, que tengan convenio vigente de delegación de recaudación con el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria y que no tengan ningún convenio que permita abonos por el servicio por plazo superior al año, con cuyos recursos se garantiza su devolución; y podrá ser ampliado por Decreto de la Presidencia, en virtud de las solicitudes que se formulen, previa la tramitación del oportuno expediente de modificación de créditos.

 

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