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NOTICIAS
8
Abr
2013

Juzgan este lunes al exalcalde de Bollullos por presunta prevaricación en relación al Ramos Mantis

| Provincia | 12:37 pm

El juzgado de lo Penal número 3 de la Audiencia Provincial de Huelva acogerá este lunes a partir de las 9,15 horas el juicio del exalcalde de Bollullos Par del Condado el socialista Carlos Sánchez por un presunto delito de prevaricación tras supuestas irregularidades en la adjudicación y ejecución de unas obras llevadas a cabo en el Parque Ramos Mantis del municipio durante los años 2005 a 2007. Un juicio que podría prolongarse hasta el martes.

Según reza en el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Fiscal solicita imponer al acusado la pena de inhabilitación especial de empleo o cargo público para ser alcalde o formar parte de una corporación local durante nueve años por un presunto delito de prevaricación.

Por su parte, la acusación particular por este mismo delito solicita que se le imponga la pena de nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público y al pago de las costas de dicha acusación. A su vez, en concepto de responsabilidad civil, pide que se le condene a indemnizar al Ayuntamiento de la localidad con 744.555 euros por el perjuicio patrimonial causado en sus arcas públicas.

Esta denuncia se remonta al año 2009, cuando el actual alcalde de la localidad, el independiente Francisco Díaz Ojeda, presentó una denuncia ante los juzgados de La Palma del Condado por presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, falsedad documental y fraude en la contratación.

En su declaración, el exalcalde socialista señaló que estas obras estaban consideradas ‘como una obra menor’, sin recordar cómo de tratarse de una obra menor ‘se acabó pagando la cantidad de 608.561,21 euros’, afirmando que sería porque ‘al final se hicieron más obras o porque el material invertido en las mismas sería de mejor calidad’.

El acusado ostentaba el cargo de alcalde del Ayuntamiento de Bollullos desde su toma de posesión el día 14 de junio de 2003 hasta el día 25 de junio de 2008, en que prosperó una moción de censura. Durante el tiempo que ejerció dicho cargo, y, en concreto, desde el año 2005 hasta el 2007, por parte del Ayuntamiento que él presidía se llevaron a cabo obras de reparación y construcción del denominado Parque Ramos Mantis, consistentes en el cerramiento perimetral del Parque, la demolición del cerramiento existente y la albañilería necesaria para el nuevo cerramiento que fueron ejecutadas varias empresas.

Para la realización de esas obras, sólo se formalizaron dos expedientes, para adjudicar las obras de demolición del cerramiento existente y de albañilería necesarias para la ejecución de un nuevo cerramiento para el Parque, y otro procedimiento para adjudicar las obras de cerramiento de cerrajería del espacio, cuyo precio de licitación ascendía a 49.301,33 euros.

Sin embargo, la Fiscalía entiende que para la realización de las obras de albañilería y jardinería interior no se formalizó expediente alguno, de forma que no se tramitó procedimiento de contratación ni de adjudicación, ni proyecto de obra, ni ningún otro trámite legalmente establecido, pese a lo cual el acusado, en su condición de alcalde, en los primeros meses del año 2007, acordó verbalmente la realización de las obras de albañilería y jardinería interior con una empresa, sin que conste la existencia de contrato alguno, y a sabiendas de los informes contrarios de la Intervención del Ayuntamiento y de la falta de dotación presupuestaria para hacer frente a los pagos.

Aún siendo consciente de todas esas deficiencias, el Ministerio Fiscal considera probado que el acusado dictó varios decretos de la alcaldía y las correspondientes órdenes de pago y los cheques o pagarés para hacerlos efectivos, por los que reconocía y aprobaba las obligaciones de las distintas facturas que iba presentando la empresa por cada una de las unidades de obra que iba realizando, pese a que, con carácter previo a dictar esos decretos, por el Interventor del Ayuntamiento se habían emitido los correspondientes informes, todos ellos negativos, puesto que en ellos se afirmaba que las facturas a que se referían aquellos decretos pertenecían a la obra de remodelación del Parque, dotada con una consignación inicial de 120.000 euros.

Además, la mencionada cantidad de 120.000 euros, con la que estaba dotada la obra remodelación del Parque, procedía de una subvención concedida al Ayuntamiento de Bollullos del Condado por la Dirección General de Fomento del Empleo (actualmente Dirección General de Fomento e Igualdad en el Empleo), de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, y que representaba una aportación del 80 por ciento del coste total del proyecto de remodelación, por cuanto que la obra subvencionada se llevaría a cabo por administración directa, esto es, que los medios a utilizar serían los que disponía el Ayuntamiento, para lo que contrataría a 15 trabajadores, cuyo gasto presupuestado sería de 90.000 euros.

Pese a ello, el alcalde contrató a una empresa y no contrató a personal laboral alguno, lo que motivó que por el Servicio Andaluz de Empleo se iniciara un procedimiento administrativo de reintegro por incumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión de la subvención.

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