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El TC suspende la norma que declara incompatible ser alcalde y diputado

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido este martes admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno contra la modificación de la Ley Electoral de Andalucía y la Ley de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía que establece la incompatibilidad entre los cargos de diputado autonómico y alcalde o presidente de diputación, con lo que la vigencia de esta norma queda suspendida.

El propio TC deberá ratificar o levantar la suspensión de la norma ‘en un plazo no superior a cinco meses’, que cuentan desde la fecha de interposición del recurso por parte del presidente del Gobierno, que se produjo el pasado 7 de marzo.

Como se recordará, el Pleno del Parlamento andaluz aprobó el pasado 23 de noviembre, con los votos de PSOE-A, establecer, mediante una modificación de la Ley de Electoral de Andalucía, la incompatibilidad entre los cargos de diputado autonómico y alcalde, lo que contó con el rechazo del PP-A y la abstención de IULV-CA. Esa reforma de la Ley Electoral tenía como principal objetivo incluir a los alcaldes, presidentes de diputaciones provinciales y presidentes de mancomunidades en el régimen de incompatibilidad con el cargo de parlamentario autonómico andaluz.

El Grupo Popular elegido en las elecciones autonómicas del pasado 25 de marzo incluye a nueve alcaldes del PP, entre ellos los regidores de Sevilla, Juan Ignacio Zoido; Córdoba, José Antonio Nieto; Motril (Granada), Carlos Rojas; Huelva, Pedro Rodríguez; y Fuengirola (Málaga), Esperanza Oña. Por parte de IULV-CA es parlamentario electo el alcalde de Marinaleda (Sevilla), Juan Manuel Sánchez Gordillo, mientras que el nuevo diputado por Jaén Juan Serrano acaba de renunciar al cargo de alcalde de Canena.